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viernes, 6 de junio de 2014

NUEVOS CAMBIOS EN LA SEGURIDAD VIAL

CICLISTAS

Los menores de 16 años, conductores u ocupantes de bicicletas y ciclos, están obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías. (En carretera es obligatorio para todas las edades).
  • Las bicicletas no pueden ser inmovilizadas, aunque la infracción conlleve la inmovilización en el caso de los vehículos a motor.
  • Sólo podrán ser retiradas y llevadas al depósito (por la autoridad municipal) si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la circulación de vehículos o personas o dañan el mobiliario urbano.
ALCOHOL

El conductor de cualquier vehículo tiene prohibido circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas. (Se sanciona con multa de 500 €, infracción muy grave el circular superando las tasas establecidas.)
La multa será de 1.000€ si se circula con una tasa que supere el doble de la permitida o en  caso de reincidencia en un año.
DROGAS

Se prohíbe conducir cualquier vehículo con presencia de drogas ilegales en el organismo, salvo las prescritas por facultativo médico siempre que se esté en condiciones de conducir el vehículo con la debida atención u precaución.

Conducir bajo los efectos de drogas será multado con 1.000€  y pérdida de 6 puntos.